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¿Quién
puede abrir una ETA? |
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Cualquier
persona que reciba un pago de subsidio federal,
sueldo, salario o de jubilación tiene derecho
a abrir una ETA en un banco participante, cooperativa
de ahorro y crédito. Las cooperativas de
ahorro y crédito pueden ofrecer ETA, pero
el beneficiario debe llenar los requisitos para
ser miembro de esa cooperativa de ahorro y crédito,
a fin de abrir una cuenta en la misma. Como condición
para la apertura de una ETA, las cooperativas
federales de ahorro y crédito posiblemente
le requieran al beneficiario que abra y mantenga
una cuenta de participación con un saldo
mínimo, si tal requisito lo impone la ley
federal o estatal. |
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¿Qué
sucede si tengo mal crédito? |
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A un proveedor de ETA se le requiere que abra
una ETA a cualquier beneficiario de un pago de
subsidio federal, sueldo, salario o jubilación,
independientemente del historial crediticio, a
menos que
(1) la institución financiera esté
enterada de que la persona manejó anteriormente
una ETA que fue cerrada a causa de fraude a una
institución financiera, o;
(2) la institución, por razones de fraude
o uso indebido de cuenta, haya cerrado anteriormente
una ETA manejada por la persona en esa institución.
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¿Se puede rehusar un proveedor
de ETA a abrir una cuenta para mí?
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Sí, si
(1) la institución financiera está enterada de
que la persona manejó anteriormente una ETA que fuera
cerrada a causa de fraude en cualquier institución
financiera, o
(2) la institución, a causa de fraude o uso indebido
de cuenta, haya cerrado anteriormente una ETA manejada por
la persona en esa institución. |
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¿Cerrarán
mi ETA si dejo de recibir un pago
federal? |
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Una
ETA puede permanecer abierta, aún si usted deja de
recibir un pago federal. Comuníquese con un proveedor
de ETA para saber cuáles son sus prácticas. |
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¿Pueden
las instituciones, tales como compañías de inversión
o de seguros, abrirme una ETA? |
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No. Únicamente bancos asegurados federalmente,
cooperativa de ahorro y crédito y tienen
la autorización para participar en el programa
de ETA. Las compañías de inversión,
las casas de cambio de cheques y otros proveedores
de servicios financieros no bancarios no pueden
ofrecer ETA. |
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¿Cómo
me registro para que se me deposite mi pago federal de
forma electrónica en la ETA? |
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En el momento que usted abre la ETA, debe
(1) inscribirse en Depósito Directo mediante
una inscripción automatizada en la institución
financiera, o
(2) inscribirse en Depósito Directo vía
telefónica con la agencia federal que emite
el pago,
(3) llenar un formulario de inscripción
para Depósito Directo.
Uno de estos métodos deben utilizarse para
cada tipo de pago federal que usted desee que
se deposite en la ETA. |
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¿Puede
una ETA manejarse mancomunadamente? |
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Sí, a discreción de la institución
financiera. El nombre del beneficiario no tiene
que ser el único nombre en el título
de la ETA. La ETA también puede manejarse
por alguien que, en representación y a
nombre de otra persona, reciba los pagos. |
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¿Puede
una ETA manejada mancomunadamente recibir dos pagos separados
que llenen los requisitos? |
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Sí, puede. Sin embargo, el ofrecimiento de una
ETA mancomunada queda a discreción del proveedor de ETA. |
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¿
El proveedor de ETA Me indica cuál debe
ser mi saldo mínimo? |
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No se requiere saldo mínimo para una ETA,
a menos que lo requiera la ley federal o estatal.
Por ejemplo, las cooperativas de crédito posiblemente
requieran que se mantenga un saldo de una participación
de membresía. |
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¿Sólo
me pueden depositar mi Pago federal en una ETA?
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El proveedor de ETA posiblemente limite los depósitos
a pagos de subsidio federal, sueldos, salarios
o de jubilación que se hagan electrónicamente.
Otros tipos de depósitos (por ejemplo,
cheques, efectivo u otros depósitos electrónicos
(que incluyen subsidios estatales depositados
electrónicamente)) posiblemente se permitan,
a opción del proveedor de ETA.
Verifique con el proveedor de ETA, para saber si
él permite otro tipo de depósitos a la ETA. |
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¿Tendré
que pagar una cuota por estos otros tipos de depósitos? |
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No. A ningún proveedor de ETA se le permite cobrar
ninguna cuota relacionada con la autorización de realizar
depósitos de otros fondos en una ETA. Verifique con el
proveedor de ETA, para saber si él permite otro tipo de
depósitos a la ETA. |
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¿Qué
pasa si mi pago no es por la cantidad correcta?
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Un pago federal efectuado por menos o por más en una
ETA lo manejará la agencia que efectúa el pago.
(Vea "Servicio al cliente de la agencia") |
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¿Tengo
que dejar mi dinero en esta cuenta todo el mes, luego de que
lo reciba? |
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No. Usted puede retirar dinero de su ETA en el
día en que se deposita. Los proveedores
de ETA deben permitirles a sus clientes de ETA
un mínimo de cuatro (4) retiros gratis
por mes. Algunos posiblemente permitan más
de cuatro (4) retiros gratis por mes.
Verifique con el proveedor de ETA, para saber cuántos
retiros se permiten. |
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¿Me
girará un cheque el proveedor de ETA, cuando yo desee
obtener mi dinero? |
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No; usted lo recibirá en efectivo. Un
proveedor de ETA puede proveer retiros en efectivo
mediante uno de tres métodos:
(1)
en un cajero automático;
(2) en mostrador en la oficina principal o sucursales del proveedor
de ETA;
(3) mediante una combinación de transacciones de cajero automático y mostrador.
Verifique con su proveedor de ETA para saber qué opciones
de retiro ofrece. Puede haber una cuota que se cobre por utilizar
un cajero automático que no sea propiedad del proveedor de ETA.
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¿Obtendré
cheques personalizados con una ETA? |
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No. No existen privilegios en la redacción de cheques
con una ETA. |
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¿Puedo
obtener una de esas tarjetas plásticas de débito que
me permitan no utilizar efectivo cuando realizo compras? |
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Se dispone de acceso en línea desde el
punto de venta (POS) mediante el uso de tarjetas
de débito para los clientes sin ningún
cargo extra, si el proveedor de ETA es parte de
una red POS en línea y ofrece este acceso
a sus otros clientes. Verifique con el proveedor
de ETA para saber si ofrece el acceso POS en línea.
Los clientes de ETA se hacen responsables de cualquier
cuota por uso de POS que pueda ser impuesta por
comerciantes individuales. |
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¿Puedo
obtener una tarjeta de ATM (cajero automático), de
modo que no tenga que ir al banco a cada momento? |
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Sí. La mayoría de proveedores de
ETA permiten retiros desde cajeros automáticos.
Otros posiblemente requieran que realice sus retiros
directamente en la sucursal bancaria.Verifique
con el proveedor de ETA para saber si ofrece servicios
de cajero automático y, si así fuera,
las ubicaciones de sus cajeros automáticos.
Posiblemente haya cuotas extras que se cobren por utilizar
un cajero automático que no sea propiedad del proveedor de ETA. |
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¿Cómo
sé cuánto dinero tengo en mi ETA? |
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Los proveedores de ETA deben permitirles a sus
clientes de ETA un mínimo de cuatro (4)
consultas de saldo gratis por mes, por cualesquiera
medios que se utilicen para proporcionar información
de saldos a otros clientes. Este mínimo
no incluye el saldo informado al cliente de ETA
en los recibos de retiro o depósito. |
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¿Obtengo
algo más que me deje enterarme de mi saldo?
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Los proveedores de ETA deben suministrar estados mensuales
a sus clientes de ETA sin ningún recargo extra. |
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¿Gano algún interés en mi ETA? |
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Una
ETA puede ganar interés a discreción
del banco, o de la cooperativa de ahorro y crédito
que ofrece la ETA. Un proveedor de ETA puede cobrar
una cuota mensual más alta por una ETA
que ofrezca intereses que la que cobra por una
ETA que no ofrezca intereses, pero en ningún
caso puede cobrar una cuota mensual que exceda
los $3.00. Verifique con el proveedor de ETA,
para saber si ofrece intereses en la ETA. |
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¿Tengo
que avisarle al proveedor de ETA cuando desee retirar mi
dinero de la ETA? |
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Si el banco, la cooperativa de ahorros y crédito
paga intereses en una ETA, éste se reserva
el derecho de solicitar un aviso escrito con siete
(7) días de anticipación a la fecha
de retiro de los fondos. Verifique con el proveedor
de ETA respecto a sus requisitos para retiros
de ETA que pagan intereses. |
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¿Qué
sucede si me sobregiro en mi ETA? |
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Es muy difícil sobregirarse en una ETA.
Si le sucede, hay un cargo máximo de $10
por sobregiros que hayan ocurrido durante un período
de 24 horas. |
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¿Qué
sucede si abro una ETA y luego necesito girar cheques o
deseo una tarjeta de cheques? |
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Un cliente de ETA puede cambiarse a otro tipo
de cuenta (por ejemplo, un tradicional de cheques
o de ahorros) en cualquier momento. La agencia
pagadora a cliente de ETA (por ejemplo, la Administración
del Seguro Social) debe recibir notificación
del cambio de institución financiera y
de número de cuenta.
Si un beneficiario cambia la cuenta a la cual
se le deposita su pago electrónicamente,
la cuenta "anterior" debe mantenerse abierta hasta
que la cuenta "nueva" comience a recibir el depósito
electrónico. |
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¿Qué sucede si me mudo? ¿Debo
mantener mi ETA con el mismo proveedor de ETA, una vez que
dicha cuenta se abre? |
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Un cliente de ETA puede cerrar una ETA notificando
al proveedor de ETA y a la agencia pagadora (por
ejemplo, la Administración del Seguro Social),
de modo que se puedan realizar otros arreglos
de pago (por ejemplo, depósito electrónico
a otra cuenta). |
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¿Puede un proveedor de ETA cerrar
mi cuenta sin mi autorización? |
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Un proveedor de ETA puede cerrar una ETA por fraude
o uso indebido de cuenta. Si el proveedor de ETA
rescinde su convenio con la Tesorería,
el proveedor de ETA debe detener la apertura de
ETA. Asi mismo, éste debe cerrar las ETA
existentes, de manera tal que permita la transferencia
ordenada de las ETA hacia otro tipo de cuenta
u otro proveedor de ETA. |
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Si
mi proveedor de ETA cobra cuotas, ¿cómo las pago?
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El cliente de ETA es el responsable de las cuotas
mensuales (el beneficiario del subsidio federal,
sueldo, salario o pago de jubilación).
Una vez que se abra la ETA, la cuota mensual por
mantenimiento de cuenta puede cobrarse de acuerdo
con el procedimiento estándar de facturación
del banco o, cooperativa de ahorro y crédito.
Las cuotas mensuales pueden deducirse automáticamente
de la ETA. Verifique con el proveedor de ETA para
saber cómo pagar las cuotas relacionadas
con su ETA. |
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No deseo abrir ninguna cuenta, debido a
que alguien tomará mi dinero, ya que les debo.
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Para
asegurar
de que los beneficiarios entiendan que los pagos
de subsidio federal que se depositan en una ETA
generalmente están protegidos contra embargo,
Los bancos, cooperativas de ahorros y crédito
que abren ETA deben informar a los beneficiarios
acerca de los tipos de fondos que no están
sujetos a embargo, así como a quién
llamar para obtener más información. |
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¿Qué sucede si no deseo una cuenta bancaria? |
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Es
elección suya si continúa recibiendo
su pago por cheque, si recibir su pago mediante
una ETA o por Depósito Directo represente
problema para usted.
Lo
instamos a que hable con un proveedor de ETA o con
la agencia
que le paga a fin de averiguar más acerca de sus
opciones para recibir su pago federal.
RECUERDE,
no importa lo que elija, sus pagos le serán efectuados sin
interrupción.
Si usted tiene cualquier pregunta
adicional con respecto a la ETA, puede enviarnos por correo electrónico
su pregunta. |